Cada mes, la mayoría de los negocios en México tiene una fecha que no pueden dejar pasar: el día 17, cuando vence la declaración mensual del mes anterior. En agosto de 2026, ese día es el lunes 17, y corresponde presentar la declaración de julio.

Pero si tu empresa contrata proveedores que ponen personal en tus instalaciones, o si tú mismo prestas ese tipo de servicio especializado a otras empresas (lo que se conoce como esquema REPSE), agosto también es un buen momento para revisar dos cosas más: tus reportes ante el IMSS e INFONAVIT, y que los proveedores con los que trabajas estén realmente al corriente con el SAT.

Aquí te explicamos, qué debes revisar esta semana en tu negocio.

1. El 17 de agosto vence tu pago provisional de julio

Si tu empresa está en el régimen general debes presentar ante el SAT tu declaración mensual definitiva de IVA y tu pago provisional de ISR correspondientes al mes de julio, a más tardar el 17 de agosto de 2026.¿Qué debes hacer?

Presentar tarde tu declaración genera recargos y actualizaciones, y puede derivar en una multa.

2. Antes de presentar, revisa que tus facturas estén en orden

Una declaración se calcula con base en las facturas (CFDI) que emitiste y las que recibiste durante julio. Si alguna factura de un proveedor tiene un problema, ese gasto puede no ser deducible.

¿Qué debes hacer?

3. Si trabajas con proveedores REPSE, revisa tus reportes ICSOE y SISUB

Si tu empresa está registrada en el REPSE porque presta servicios especializados poniendo personal en las instalaciones de un cliente, tienes que informar periódicamente esos contratos: al IMSS a través del ICSOE, y al INFONAVIT a través del SISUB.

Estos reportes se presentan cada cuatro meses .Agosto es el último mes del segundo cuatrimestre del año (mayo a agosto), así que el reporte de este periodo se debe presentar a más tardar el 17 de septiembre de 2026.

Aunque la fecha límite es en septiembre, conviene empezar a reunir la información en agosto: contratos vigentes, trabajadores asignados y comprobantes de pago de cuotas IMSS e INFONAVIT.

4.¿Qué pasa si no presentas bien tus reportes ICSOE o SISUB?

Presentar estos reportes fuera de tiempo, incompletos o con información que no coincide con tus movimientos ante el IMSS puede generar revisiones por parte de la autoridad y, en algunos casos, pone en riesgo tu registro REPSE.

¿Qué debes hacer?

5. Antes de contratar o renovar a un proveedor de servicios especializados, revisa su opinión de cumplimiento

La opinión de cumplimiento es un documento que emite el SAT y que confirma si una empresa o persona está al corriente con sus obligaciones fiscales. Si vas a contratar o renovar a un proveedor que te va a prestar un servicio especializado (con personal en tus instalaciones), es indispensable que revises esta opinión antes de firmar o de pagar.

¿Qué debes hacer?

6. ¿Por qué es tan importante verificar esto antes de pagar?

Si contratas a un proveedor de servicios especializados sin verificar que esté al corriente con el SAT y con el REPSE vigente, tu empresa puede perder el derecho a deducir ese gasto y a acreditar el IVA que pagaste por ese servicio.

Además, si el proveedor no cumple con sus obligaciones de seguridad social, tu empresa puede ser responsable solidaria de esa deuda, aunque tú sí hayas pagado correctamente por el servicio.

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Conclusión

Agosto no es solo el mes de tu declaración mensual. Si tu negocio contrata o presta servicios especializados, es también el momento de preparar tus reportes ante el IMSS e INFONAVIT y de confirmar que tus proveedores estén al corriente con el SAT. Adelantarte a estas fechas te evita recargos, multas y problemas con tus deducciones.

Nosotros revisamos contigo tu declaración mensual, tus reportes ICSOE y SISUB, y verificamos el cumplimiento de tus proveedores antes de que firmes o pagues. Escríbenos aquí y recibe asesoría.

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